CONSEJOS PARA EL COBRO DE SEGUROS ASOCIADOS A VIVIENDAS AFECTADAS POR LOS INCENDIOS
¿Tu vivienda está protegida contra incendios? Descubre cómo funcionan los seguros, qué cubren y los pasos clave para cobrar la indemnización si has sido afectado.
¿Qué propiedades están aseguradas?
Si tu vivienda (casa o departamento) fue comprada a través de un crédito otorgado por alguna institución financiera (banco, mutualidad, etc.) y aún no terminas de pagarlo; esa vivienda tiene un seguro vigente contra incendio porque así lo exige la ley.
Si tu casa no fue comprada con crédito o ya se encuentra pagado, es probable que exista un seguro que cubra los daños generados por el incendio, porque estos se pueden contratar voluntariamente.
2. ¿Qué cubren estos seguros?
Por regla general cubren los daños materiales a la vivienda por la acción directa del incendio y los que sean una consecuencia inmediata del mismo como los causados por el calor, el humo, el vapor o por los medios empleados para extinguirlo o contenerlo; y las demoliciones que sean necesarias u ordenadas por la autoridad competente. Además, contempla inhabitabilidad, traslado de muebles, retiro de escombros, etc.
Para saber con certeza las coberturas del respectivo seguro es necesario analizar cada póliza en particular.
Por regla general, el contenido de la vivienda y el terreno donde se emplaza no están asegurados.
3. ¿Cómo puedo saber si mi vivienda está asegurada?
Si no sabes o no recuerdas si tu vivienda está asegurada o no, puedes consultar el siguiente enlace www.conocetuseguro.cl; la cual entrega información respecto a los seguros vigentes asociados a una determinada persona.
Esta información es gratuita y se puede consultar desde cualquier dispositivo electrónico con conexión a internet.
4. ¿Dónde puedo obtener copia de la póliza?
Puedes consultar directamente y solicitar copia al banco o institución financiera que otorgó el crédito hipotecario, a tu corredor de seguros o en la aseguradora correspondiente
5. ¿Cómo y cuándo debo hacer el denuncio del siniestro?
El denuncio debe hacerse lo más pronto posible directamente en el banco que otorgó el crédito hipotecario, en la compañía de seguros y/o al corredor de seguros.
Tener presente que en Chile no son válidas ni lícitas las cláusulas que exigen que el denuncio del siniestro sea inmediato o dentro de un lapso acotado de tiempo.
6. ¿Qué antecedentes son necesarios para la liquidación del siniestro y pago de la indemnización?
Los daños al inmueble son demostrables por cualquier medio, por ejemplo: certificados de dominio, fotografías, videos, facturas, boletas, inspecciones visuales, etc.
7. ¿Cuánto demora el proceso de liquidación?
El plazo para liquidar es de hasta 45 días corridos contados desde el día del denuncio. Este plazo es ampliable por razones justificadas.
Una vez terminado el proceso, se emite un informe de liquidación. Si el asegurado no está de acuerdo con sus conclusiones, tiene el derecho a impugnarlo en un plazo de 10 días.
Si es que existe acuerdo en la indemnización propuesta, la aseguradora debe pagar dentro de los 6 días posteriores a que haya terminado el proceso de liquidación.
Por José Manuel Madero
Abogado especialista en derecho de seguros
NB. Este artículo no constituye asesoría legal sino que una orientación que no reemplaza la asesoría de un abogado y es de responsabilidad de su autor.